Derecho de subvenciones en y a partir de la pandemia
Author:
Editor/Coord./Trad.:
Subject:
Subvenciones públicas
COVID-19
Ayuda comunitaria
Coronavirus
Publication date:
Editorial:
Universidad Autónoma de Madrid: Facultad de Derecho; Boletín Oficial del Estado
Citación:
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Abstract:
La actividad subvencional desplegada por las Administraciones públicas desde la declaración del (primer) estado de alarma el 14 de marzo de 2020 ha sido desigual. Mientras que en la Administración estatal se han utilizado otras vías de estímulo y protección para las personas y empresas afectadas por la pandemia (avales públicos, moratorias, expedientes de regulación de empleo, medidas fiscales), tanto las CCAA como las EELL han hecho un uso notable de las subvenciones públicas (especialmente en el ámbito social o asistencial vinculadas al ejercicio de actividades económicas) a través de concesiones directas, aligerando la tramitación formal y material de los expedientes y ampliando los plazos de ejecución y justificación de la actividad subvencionada. Salvo recomendaciones informales de la IGAE con relación a la BDNS no ha habido una modificación sustancial del régimen jurídico de las subvenciones. En cambio, a la vista de las singularidades contenidas en el RDL 36/2020, de 30 de diciembre, para articular las subvenciones que se deriven de los fondos NGEU, se advierte un régimen excesivamente centralizado que provocará tensiones competenciales y previsiblemente arrojará problemas de gestión y riesgos derivados de la escasez de controles para asegurar la objetividad, concurrencia, igualdad, eficiencia, transparencia y cumplimiento de los fines de estas singulares ayudas financiadas con fondos europeos en la época de la pospandemia.
La actividad subvencional desplegada por las Administraciones públicas desde la declaración del (primer) estado de alarma el 14 de marzo de 2020 ha sido desigual. Mientras que en la Administración estatal se han utilizado otras vías de estímulo y protección para las personas y empresas afectadas por la pandemia (avales públicos, moratorias, expedientes de regulación de empleo, medidas fiscales), tanto las CCAA como las EELL han hecho un uso notable de las subvenciones públicas (especialmente en el ámbito social o asistencial vinculadas al ejercicio de actividades económicas) a través de concesiones directas, aligerando la tramitación formal y material de los expedientes y ampliando los plazos de ejecución y justificación de la actividad subvencionada. Salvo recomendaciones informales de la IGAE con relación a la BDNS no ha habido una modificación sustancial del régimen jurídico de las subvenciones. En cambio, a la vista de las singularidades contenidas en el RDL 36/2020, de 30 de diciembre, para articular las subvenciones que se deriven de los fondos NGEU, se advierte un régimen excesivamente centralizado que provocará tensiones competenciales y previsiblemente arrojará problemas de gestión y riesgos derivados de la escasez de controles para asegurar la objetividad, concurrencia, igualdad, eficiencia, transparencia y cumplimiento de los fines de estas singulares ayudas financiadas con fondos europeos en la época de la pospandemia.
ISSN:
Collections
- Artículos [36354]
- Derecho Público [461]