RUO Principal

Repositorio Institucional de la Universidad de Oviedo

Ver ítem 
  •   RUO Principal
  • Producción Bibliográfica de UniOvi: RECOPILA
  • Artículos
  • Ver ítem
  •   RUO Principal
  • Producción Bibliográfica de UniOvi: RECOPILA
  • Artículos
  • Ver ítem
    • español
    • English
JavaScript is disabled for your browser. Some features of this site may not work without it.

Listar

Todo RUOComunidades y ColeccionesPor fecha de publicaciónAutoresTítulosMateriasxmlui.ArtifactBrowser.Navigation.browse_issnPerfil de autorEsta colecciónPor fecha de publicaciónAutoresTítulosMateriasxmlui.ArtifactBrowser.Navigation.browse_issn

Mi cuenta

AccederRegistro

Estadísticas

Ver Estadísticas de uso

AÑADIDO RECIENTEMENTE

Novedades
Repositorio
Cómo publicar
Recursos
FAQs

Cláusula "rebus sic stantibus" precovid-19: cierre y apertura de una nueva encrucijada jurisprudencial. Comentario a la STS de 6 de marzo de 2020 (RJ 2020,879)

Autor(es) y otros:
Avilés García, José JavierAutoridad Uniovi
Palabra(s) clave:

Cláusula rebus sic stantibus

Fecha de publicación:
2021
Editorial:

Civitas-Thomson Reuters

Citación:
Cuadernos civitas de jurisprudencia civil, 115, p.83-112 (2021)
Descripción física:
p. 83-112
Resumen:

Análisis del estado actual de la doctrina jurisprudencial sobre la regla rebus sic stantibus, justo antes del estallido de la covid-19. La futura encrucijada doctrinal que se abre ante el dilema creado por la superposición de dos concepciones dentro una evolución jurisprudencial, aún no resuelta, y sustentada en una doble vertiente: la primera, la denominada concepción tradicional, de carácter cauteloso, excepcional y restrictiva (plano interpretativo), y la segunda, denominada normalizada o flexible (plano puramente obligacional). La STS 6 marzo 2020 no presupone una toma de postura ni en favor ni en contra de una u otra postura jurisprudencial sobre la rebus: ambas conviven entre si y se citan dentro de esta sentencia. Se adopta una solución pragmática en la que no se descartan referencias explícitas a aspectos dogmáticos recogidos en, al menos, dos de las sentencias que abrieron la denominada postura jurisprudencial normalizada del TS iniciada en 2014 (SSTS 30 junio 2014, 15 octubre 2014 y 24 febrero 2015]. Contratos de tracto sucesivo y de tracto único con prestaciones diferidas; de corta y larga duración en la rebus. La entrada inevitable del análisis económico del Derecho: alcance de los riesgos asumidos con referencia a un corto periodo de tiempo de la relación contractual. En este punto, aunque parezca una primicia o novedosa aportación en materia rebus, tampoco existe una toma de postura concluyente de la STS 6 marzo 2020, que permita concluir su incidencia en los nuevos planteamientos que vengan poscovid-19 en la materia. Al utilizar una mera argumentación de “probabilidad” estadística, queda abierta cualquier solución ad casum. Palabras clave: cláusula rebus sic stantibus; interpretación de los contratos; imprevisibilidad; riesgo normal del contrato; frustración finalidad del contrato; ruptura base del contrato; contratos de tracto único y sucesivo; contratos de corta y larga duración; conmutatividad; onerosidad excesiva; buena fe.

Análisis del estado actual de la doctrina jurisprudencial sobre la regla rebus sic stantibus, justo antes del estallido de la covid-19. La futura encrucijada doctrinal que se abre ante el dilema creado por la superposición de dos concepciones dentro una evolución jurisprudencial, aún no resuelta, y sustentada en una doble vertiente: la primera, la denominada concepción tradicional, de carácter cauteloso, excepcional y restrictiva (plano interpretativo), y la segunda, denominada normalizada o flexible (plano puramente obligacional). La STS 6 marzo 2020 no presupone una toma de postura ni en favor ni en contra de una u otra postura jurisprudencial sobre la rebus: ambas conviven entre si y se citan dentro de esta sentencia. Se adopta una solución pragmática en la que no se descartan referencias explícitas a aspectos dogmáticos recogidos en, al menos, dos de las sentencias que abrieron la denominada postura jurisprudencial normalizada del TS iniciada en 2014 (SSTS 30 junio 2014, 15 octubre 2014 y 24 febrero 2015]. Contratos de tracto sucesivo y de tracto único con prestaciones diferidas; de corta y larga duración en la rebus. La entrada inevitable del análisis económico del Derecho: alcance de los riesgos asumidos con referencia a un corto periodo de tiempo de la relación contractual. En este punto, aunque parezca una primicia o novedosa aportación en materia rebus, tampoco existe una toma de postura concluyente de la STS 6 marzo 2020, que permita concluir su incidencia en los nuevos planteamientos que vengan poscovid-19 en la materia. Al utilizar una mera argumentación de “probabilidad” estadística, queda abierta cualquier solución ad casum. Palabras clave: cláusula rebus sic stantibus; interpretación de los contratos; imprevisibilidad; riesgo normal del contrato; frustración finalidad del contrato; ruptura base del contrato; contratos de tracto único y sucesivo; contratos de corta y larga duración; conmutatividad; onerosidad excesiva; buena fe.

URI:
http://hdl.handle.net/10651/66879
ISSN:
0212-6606
Colecciones
  • Artículos [37541]
Ficheros en el ítem
Compartir
Exportar a Mendeley
Estadísticas de uso
Estadísticas de uso
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítem
Página principal Uniovi

Biblioteca

Contacto

Facebook Universidad de OviedoTwitter Universidad de Oviedo
El contenido del Repositorio, a menos que se indique lo contrario, está protegido con una licencia Creative Commons: Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional
Creative Commons Image