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Gestación subrogada y fecundación póstuma

dc.contributor.authorEspiniella Menéndez, Ángel 
dc.date.accessioned2024-01-25T11:30:54Z
dc.date.available2024-01-25T11:30:54Z
dc.date.issued2023
dc.identifier.citationAnuario Español de Derecho Internacional Privado, 23, p. 181-215 (2023)
dc.identifier.issn1578–3138
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/10651/71026
dc.descriptionSumario: I. Presentación: una relectura de la gestación subrogada en casos de fecundación póstuma. II. La relación biológica póstuma en el marco de la gestación por sustitución: 1.Primer momento: la disposición mortis causa de material reproductor vinculada a una gestación por sustitución: A) La LTRHA como ley de policía aplicable a la disposición mortis causa. B) El descarte de las calificaciones sucesoria, paterno–filial y personal. C) Validez de la disposición mortis causa. 2. Segundo momento: la celebración de un contrato de gestación por sustitución y la fecundación póstuma: A) Imposibilidad en España. B) Viabilidad en el extranjero. 3.Tercer momento: el nacimiento del hijo por maternidad subrogada y el establecimiento de la filiación biológica póstuma: A) Vínculo biológico e intencional. B) Ausencia de vínculo intencional. III. La relación de las partes intencionales en la gestación por sustitución con fecundación póstuma: 1. Un primer problema perentorio: la entrada en España del menor. 2. El no reconocimiento de la filiación por naturaleza de las partes intencionales: A) El margen de actuación de los Estados en la gestación subrogada con fecundación póstuma. B) Concreción en la UE y en España. 2. La adopción internacional de hijos póstumos como solución supletoria: A) Lógica internacional. B) Problemas en la aplicación del Derecho material español. C) Técnicas de flexibilización del Derecho español. 3. Medidas supletorias sin reconocimiento de filiación póstuma: A) Perspectiva de los tribunales españoles. B) Perspectiva del Estado de origen. IV. Conclusiones.spa
dc.description.abstractUn reciente caso mediático en España ha puesto de manifiesto un nuevo contexto de la gestación por sustitución con dos variables novedosas: por un lado, se utiliza material reproductor de un familiar; por otro, dicho familiar ha fallecido. En este contexto, se analiza la validez de la disposición mortis causa de donación de material reproductor para estos casos, la celebración del contrato de gestación subrogada, y el eventual establecimiento del vínculo de filiación tato con el padre biológico fallecido, como con las partes intencionales.spa
dc.description.sponsorshipProyecto PID 2021– 123452OB–I00, “Retos jurídicos para una sociedad inclusiva: obstáculos de género a la vida privada y familiar en casos de movilidad transfronteriza” financiado por el Ministerio de Ciencia e Innovación (MCIN/AEI/10.13039/501100011033/FEDER,UE), en los términos del art. 37 de la Ley 14/2011 de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
dc.format.extentp. 181-215spa
dc.language.isospaspa
dc.publisherIprolexspa
dc.relation.ispartofAnuario Español de Derecho Internacional Privado, t. XXIIIspa
dc.rights© Anuario Español de Derecho Internacional Privado
dc.subjectGestación por sustitución, fecundación póstuma, donante de material reproductor, partes intencionales.spa
dc.titleGestación subrogada y fecundación póstumaspa
dc.typejournal articlespa
dc.relation.projectIDPID2021– 123452OB–I00spa
dc.rights.accessRightsopen accessspa
dc.type.hasVersionVoRspa


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