Las condiciones generales de los contratos y el principio de autonomía de la voluntad
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La aparición de los contratos de adhesión ha dado lugar a complejos problemas-fundamento de la eficacia de las condiciones generales y forma de controlar su contenido- que no ha sido resueltos satisfactoriamente conforme a la dogmática tradicional. El principio de autonomía de la voluntad exige valorar en que medida la adhesión constituye aceptación del clausulado, rechazando que su firma equivalga sin más a su asunción, debido a que el adherente carece de libertad y no conoce su contenido. Debe averiguarse cuales fueron sus expectativas razonables a partir del derecho subyacente, la publicidad, contexto negocial, etc. El contenido del contrato coincide con esas expectativas razonables, ya que ha de presumirse que constituyen la voluntad común de las partes: es lo que el adherente creyó contratar en razón de la apariencia creada por el oferente, que es responsable de la misma por aplicación del principio de buena fe. Las condiciones generales solo son válidas si coinciden con esas expectativas, por haber sido elaboradas de buena fe.
La aparición de los contratos de adhesión ha dado lugar a complejos problemas-fundamento de la eficacia de las condiciones generales y forma de controlar su contenido- que no ha sido resueltos satisfactoriamente conforme a la dogmática tradicional. El principio de autonomía de la voluntad exige valorar en que medida la adhesión constituye aceptación del clausulado, rechazando que su firma equivalga sin más a su asunción, debido a que el adherente carece de libertad y no conoce su contenido. Debe averiguarse cuales fueron sus expectativas razonables a partir del derecho subyacente, la publicidad, contexto negocial, etc. El contenido del contrato coincide con esas expectativas razonables, ya que ha de presumirse que constituyen la voluntad común de las partes: es lo que el adherente creyó contratar en razón de la apariencia creada por el oferente, que es responsable de la misma por aplicación del principio de buena fe. Las condiciones generales solo son válidas si coinciden con esas expectativas, por haber sido elaboradas de buena fe.
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Notas Locales:
Tesis 1996-022
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- Tesis [7606]