La supresión de la cláusula estatutaria de adquisición preferente de acciones
Autor(es) y otros:
Palabra(s) clave:
Derecho de adquisición preferente – Derechos individuales- Junta general – Modificación estatutaria – Acuerdos abusivos.
Fecha de publicación:
Editorial:
Aranzadi La Ley
Citación:
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Resumen:
La cláusula de adquisición preferente de acciones en favor de los socios, presente en los estatutos de muchas sociedades anónimas, implica el reconocimiento a estos de un derecho subjetivo. Derecho que sirve simultáneamente al interés de los socios en adquirir las acciones de sus consocios si optan por transmitirlas (interés adquisitivo), así como en evitar la adquisición y el consiguiente acceso de terceros al accionariado de la sociedad (interés preclusivo). Se trata de un derecho del que la junta general no puede disponer por simple acuerdo mayoritario, sino que requiere el consentimiento individual de los socios afectados. Incluso aun suponiendo que fuera un derecho derogable por la mayoría, el acuerdo de la junta que lo suprimiera sería muy fácilmente un acuerdo abusivo y, por tanto, impugnable.
La cláusula de adquisición preferente de acciones en favor de los socios, presente en los estatutos de muchas sociedades anónimas, implica el reconocimiento a estos de un derecho subjetivo. Derecho que sirve simultáneamente al interés de los socios en adquirir las acciones de sus consocios si optan por transmitirlas (interés adquisitivo), así como en evitar la adquisición y el consiguiente acceso de terceros al accionariado de la sociedad (interés preclusivo). Se trata de un derecho del que la junta general no puede disponer por simple acuerdo mayoritario, sino que requiere el consentimiento individual de los socios afectados. Incluso aun suponiendo que fuera un derecho derogable por la mayoría, el acuerdo de la junta que lo suprimiera sería muy fácilmente un acuerdo abusivo y, por tanto, impugnable.
ISSN:
Colecciones
- Artículos [36390]
- Derecho Privado y de la Empresa [153]