El margen de libertad del trabajador para rechazar encargos o tareas
Autor(es) y otros:
Palabra(s) clave:
Trabajador, Derecho del Trabajo, dependencia, ajenidad
Fecha de publicación:
Editorial:
Tecnos
Citación:
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Resumen:
Aunque la correcta delimitación de las fronteras del Derecho del Trabajo constituye una problemática clásica y constante, la actividad desarrollada bajo el manto de las plataformas digitales ha revitalizado el debate, poniendo en cuestión el propio concepto de trabajador asalariado. Los indicios de los que tradicionalmente se ha valido la jurisprudencia no siempre resultan operativos en ese contexto, o quizá requieren de una reinterpretación o revisión adaptando la perspectiva de aproximación. No en vano, alguno de los elementos o circunstancias que concurren en esta clase de actividad eran considerados como rasgos típicos del trabajo autónomo o por cuenta propia no hace demasiado tiempo. Así sucede con la atribución al trabajador de la facultad para rechazar encargos encomendados por la empresa. Prima facie, resulta en cierto modo contraintuitivo que un trabajador asalariado, que en principio debe respetar un deber de obediencia, disfrute de libertad para decidir no sólo cuándo o cómo trabaja, sino si cumple o no las tareas asignadas por la empresa, que no constituirían órdenes en sentido estricto, sino meras propuestas u ofecimientos. La jurisprudencia, como se sabe, no ha concedido a esta circunstancia una particular relevancia, al entender que otros elementos resultan más determinantes para calificar la prestación de servicios. No obstante, parece conve-niente abordar un estudio monográfico sobre este indicio para situar el debate en sus justos términos.
Aunque la correcta delimitación de las fronteras del Derecho del Trabajo constituye una problemática clásica y constante, la actividad desarrollada bajo el manto de las plataformas digitales ha revitalizado el debate, poniendo en cuestión el propio concepto de trabajador asalariado. Los indicios de los que tradicionalmente se ha valido la jurisprudencia no siempre resultan operativos en ese contexto, o quizá requieren de una reinterpretación o revisión adaptando la perspectiva de aproximación. No en vano, alguno de los elementos o circunstancias que concurren en esta clase de actividad eran considerados como rasgos típicos del trabajo autónomo o por cuenta propia no hace demasiado tiempo. Así sucede con la atribución al trabajador de la facultad para rechazar encargos encomendados por la empresa. Prima facie, resulta en cierto modo contraintuitivo que un trabajador asalariado, que en principio debe respetar un deber de obediencia, disfrute de libertad para decidir no sólo cuándo o cómo trabaja, sino si cumple o no las tareas asignadas por la empresa, que no constituirían órdenes en sentido estricto, sino meras propuestas u ofecimientos. La jurisprudencia, como se sabe, no ha concedido a esta circunstancia una particular relevancia, al entender que otros elementos resultan más determinantes para calificar la prestación de servicios. No obstante, parece conve-niente abordar un estudio monográfico sobre este indicio para situar el debate en sus justos términos.
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Trabajo realizado en el marco del Proyecto I+D+i que lleva por título “El impacto de los cambios tecnológicos, económicos y sociales”, financiado por el Ministerio de Ciencia e Innovación y dirigido por María Antonia Castro Argüelles e Iván Antonio Rodríguez Cardo (referencia: PID2020-118499GB-C32).
Colecciones
- Capítulos de libros [6179]
- Derecho Privado y de la Empresa [134]
- Investigaciones y Documentos OpenAIRE [7879]