La revisión de los Acuerdos de Administración de Coaseguro de 1979 y la nueva cláusula de delegación
Autor(es) y otros:
Palabra(s) clave:
Coaseguro
Contrato de seguro
Cláusulas contractuales
Fecha de publicación:
Editorial:
Sección Española de la Asociación Internacional de Derecho de Seguros
Citación:
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Resumen:
España cuenta desde 1979 con unos Acuerdos de Administración de Coaseguro que, sucesivamente actualizados, constituyen el modelo seguido por la práctica totalidad de las compañías que suscriben, como abridoras o como aceptantes, coaseguros en nuestro país, y no sólo en lo que se conoce como administración, y que se refiere fundamentalmente a la dación de cuentas y la regulación de saldos, sino también en otros aspectos, como la colocación del riesgo y la cláusula de delegación a incluir en las pólizas que se emitan. A mediados del año 1998, los Directores Generales de las compañías firmantes de los Acuerdos han aprobado una modificación sustancial de los mismos que acaba de entrar en vigor. Esta modificación se basa fundamentalmente en la revisión de la cláusula de coaseguro
España cuenta desde 1979 con unos Acuerdos de Administración de Coaseguro que, sucesivamente actualizados, constituyen el modelo seguido por la práctica totalidad de las compañías que suscriben, como abridoras o como aceptantes, coaseguros en nuestro país, y no sólo en lo que se conoce como administración, y que se refiere fundamentalmente a la dación de cuentas y la regulación de saldos, sino también en otros aspectos, como la colocación del riesgo y la cláusula de delegación a incluir en las pólizas que se emitan. A mediados del año 1998, los Directores Generales de las compañías firmantes de los Acuerdos han aprobado una modificación sustancial de los mismos que acaba de entrar en vigor. Esta modificación se basa fundamentalmente en la revisión de la cláusula de coaseguro
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