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Por el momento, la cláusula rebus sic stantibus en manos del Tribunal Supremo

dc.contributor.authorAvilés García, José Javier 
dc.date.accessioned2023-03-03T11:55:33Z
dc.date.available2023-03-03T11:55:33Z
dc.date.issued2020
dc.identifier.citationDiario la ley, 9687, p. 1-12 (2020)spa
dc.identifier.issn1989-6913
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10651/66878
dc.description.abstractConstituye casi un tópico sociológico-jurídico el comentario sobre el peligro de legislar en caliente, en razón del impacto mediático en la ciudadanía al conocerse algunas realidades o conductas inadecuadamente reguladas o desfasadas, y que parecen darse de bruces con la realidad social del momento en que deben ser aplicadas. Tal modo coloquial de plantear las cosas puede servirnos ahora para preguntarnos si con la socorrida doctrina sobre la rebus sic stantibus incurrimos en ese riesgo, a propósito del renacido interés por su incorporación y normativización exprés en el Código Civil a propósito de la covid-19. La última STS 6 marzo 2020 sobre la rebus suscita algunas reflexiones.spa
dc.format.extentp. 1-12spa
dc.language.isospaspa
dc.publisherLa Ley-Wolters Kluwerspa
dc.relation.ispartofDiario La Ley Nº 9687spa
dc.subjectCláusulas rebus sic stantibusspa
dc.titlePor el momento, la cláusula rebus sic stantibus en manos del Tribunal Supremospa
dc.typejournal articlespa


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