Normas OMI sobre eficiencia energética y directrices relacionadas. Gestión de la eficiencia energética a bordo del buque.
Autor(es) y otros:
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Palabra(s) clave:
Normas OMI
Eficiencia Energética
A bordo del buque
Gestión
Fecha de publicación:
Serie:
Máster Universitario en Tecnologías Marinas y Mantenimiento
Descripción física:
Resumen:
Ante las presunciones sobre el cambio climático, salud humana y la contaminación del mar, los cuales se observan y viven diariamente, es indiscutible no plantear una solución para desacelerar, mejorar y eliminar de alguna manera el daño producido por el sector marítimo. Siendo el sector marítimo uno de los principales gestores de la economía y comercio, representando un 90% a nivel mundial, se buscan continuamente soluciones para amortiguar y mejorar el medio ambiente. Para evitar y frenar los incidentes ocasionados al medio ambiente y al entorno marino, se plantearon dos soluciones globalizadas a nivel marítimo, las cuales son: el reciclaje de residuos y buques, y el ahorro de energía, para los cuales la OMI ha estado trabajando desde 1954 con el Convenio OILPOL, el cual se ocupó de los problemas desarrollados por la contaminación y posteriormente de medidas para prevenir y contener la contaminación ocasionada por buques y a mitigar los efectos de todo daño que pueda ocasionarse como consecuencia de las operaciones y accidentes marítimos. Y después en 1973, en donde se adoptó el primer borrador del Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques (MARPOL), el cual desde el 2011 trabaja con la Eficiencia Energética. Actualmente existen cincuenta y un instrumentos convencionales adoptados por la OMI, de los cuales veintiuno están directamente relacionados con el medio ambiente, pero si se toman en cuenta los aspectos ambientales de los convenios sobre la remoción de restos de naufragio y el salvamento marítimo, serian en su totalidad veintitrés. El Comité de Protección del Medio Marino (MEPC) es el órgano técnico superior de la OMI en aspectos relativos a la contaminación del mar, el cual cuenta con apoyo de distintos subcomités de la OMI. El presenten trabajo está relacionado directamente con las normativas y directrices de la OMI sobre la eficiencia energética, y la gestión de la eficiencia energética a bordo del buque. Se incluyen las Modificaciones del Anexo VI del MARPOL de la resolución MEPC 203 (62) del 2011, entrada en vigor en el 2013, y las directrices y enmiendas relacionadas con la eficiencia energética de los buques.
Ante las presunciones sobre el cambio climático, salud humana y la contaminación del mar, los cuales se observan y viven diariamente, es indiscutible no plantear una solución para desacelerar, mejorar y eliminar de alguna manera el daño producido por el sector marítimo. Siendo el sector marítimo uno de los principales gestores de la economía y comercio, representando un 90% a nivel mundial, se buscan continuamente soluciones para amortiguar y mejorar el medio ambiente. Para evitar y frenar los incidentes ocasionados al medio ambiente y al entorno marino, se plantearon dos soluciones globalizadas a nivel marítimo, las cuales son: el reciclaje de residuos y buques, y el ahorro de energía, para los cuales la OMI ha estado trabajando desde 1954 con el Convenio OILPOL, el cual se ocupó de los problemas desarrollados por la contaminación y posteriormente de medidas para prevenir y contener la contaminación ocasionada por buques y a mitigar los efectos de todo daño que pueda ocasionarse como consecuencia de las operaciones y accidentes marítimos. Y después en 1973, en donde se adoptó el primer borrador del Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques (MARPOL), el cual desde el 2011 trabaja con la Eficiencia Energética. Actualmente existen cincuenta y un instrumentos convencionales adoptados por la OMI, de los cuales veintiuno están directamente relacionados con el medio ambiente, pero si se toman en cuenta los aspectos ambientales de los convenios sobre la remoción de restos de naufragio y el salvamento marítimo, serian en su totalidad veintitrés. El Comité de Protección del Medio Marino (MEPC) es el órgano técnico superior de la OMI en aspectos relativos a la contaminación del mar, el cual cuenta con apoyo de distintos subcomités de la OMI. El presenten trabajo está relacionado directamente con las normativas y directrices de la OMI sobre la eficiencia energética, y la gestión de la eficiencia energética a bordo del buque. Se incluyen las Modificaciones del Anexo VI del MARPOL de la resolución MEPC 203 (62) del 2011, entrada en vigor en el 2013, y las directrices y enmiendas relacionadas con la eficiencia energética de los buques.
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