El régimen disciplinario del personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas
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El objeto de la presente tesis es el estudio del régimen disciplinario del personal laboral al servicio de las distintas Administraciones Públicas –AAPP- en España. El Estatuto Básico del Empleado Público –EBEP- como norma básica del empleo público español ha emprendido de manera contenida el camino de la unificación del régimen jurídico de los empleados públicos en un entorno en el que los Estados más o menos cercanos a nuestro modelo tienden a la unificación de las pautas de comportamiento de su personal bajo el auspicio de un modelo de gestión de los recursos humanos, donde se entremezclan técnicas de gestión propias de la empresa privada con el interés general y el servicio público. El camino recorrido hasta la aprobación de un texto tan esperado ha estado marcado por un proceso de ósmosis entre los regímenes jurídicos de ambos colectivos de empleados públicos, funcionarios y personal bajo el régimen laboral, paralelo a la creciente importancia que ha ido adquiriendo la incorporación de éste último colectivo al Sector Público. En el régimen disciplinario del empleado público laboral recogido en el EBEP la preferencia normativa la tiene el propio EBEP y en lo no previsto en él se ha de aplicar la normativa laboral común en un complejo esquema de fuentes donde destaca el papel de la negociación colectiva. Las soluciones propuestas buscan tanto aportar claridad a la realidad normativa como instrumentos para la homogeneización de regímenes disciplinarios entre los distintos colectivos de empleados públicos en busca del interés general y de la seguridad jurídica. La cercanía en muchos aspectos de la regulación del EBEP a la preexistente para los funcionarios y la habitual remisión a ella en muchos convenios colectivos –CC- erige a esta última en principal referencia común. Una de las principales novedades del EBEP es el Código de Conducta común para todos los empleados públicos, que informa la interpretación y aplicación de su régimen disciplinario. Éste se completa con una serie de principios para el ejercicio de la potestad disciplinaria que han generado no poca controversia en su configuración y su aplicación prácticas. El amplio listado de faltas disciplinarias muy graves “básicas” y sobre todo su carácter abierto, propicia que por el juego de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas se deje en manos de los CC la labor de completarla, incrementando así notablemente las ya existentes. Este modelo competencial se repite en la configuración del listado completo de las faltas graves y leves. En materia de sanciones el EBEP establece un catálogo también de carácter abierto, perfilando aquellas que operan en todo caso y dejando que las leyes establezcan otras. La construcción jurídica del EBEP ha propiciado que el juego de fuentes normativas origine numerosos conflictos alrededor de aspectos como la readmisión del personal laboral fijo tras la declaración de improcedencia de su despido disciplinario, los plazos de prescripción de las faltas y sanciones o el propio procedimiento disciplinario, para los que proponemos diversas soluciones. Hemos prestado especial atención a este último apartado construyendo una propuesta de procedimiento que aspira a cumplir las exigencias del contexto en el que ha de ponerse en práctica.
El objeto de la presente tesis es el estudio del régimen disciplinario del personal laboral al servicio de las distintas Administraciones Públicas –AAPP- en España. El Estatuto Básico del Empleado Público –EBEP- como norma básica del empleo público español ha emprendido de manera contenida el camino de la unificación del régimen jurídico de los empleados públicos en un entorno en el que los Estados más o menos cercanos a nuestro modelo tienden a la unificación de las pautas de comportamiento de su personal bajo el auspicio de un modelo de gestión de los recursos humanos, donde se entremezclan técnicas de gestión propias de la empresa privada con el interés general y el servicio público. El camino recorrido hasta la aprobación de un texto tan esperado ha estado marcado por un proceso de ósmosis entre los regímenes jurídicos de ambos colectivos de empleados públicos, funcionarios y personal bajo el régimen laboral, paralelo a la creciente importancia que ha ido adquiriendo la incorporación de éste último colectivo al Sector Público. En el régimen disciplinario del empleado público laboral recogido en el EBEP la preferencia normativa la tiene el propio EBEP y en lo no previsto en él se ha de aplicar la normativa laboral común en un complejo esquema de fuentes donde destaca el papel de la negociación colectiva. Las soluciones propuestas buscan tanto aportar claridad a la realidad normativa como instrumentos para la homogeneización de regímenes disciplinarios entre los distintos colectivos de empleados públicos en busca del interés general y de la seguridad jurídica. La cercanía en muchos aspectos de la regulación del EBEP a la preexistente para los funcionarios y la habitual remisión a ella en muchos convenios colectivos –CC- erige a esta última en principal referencia común. Una de las principales novedades del EBEP es el Código de Conducta común para todos los empleados públicos, que informa la interpretación y aplicación de su régimen disciplinario. Éste se completa con una serie de principios para el ejercicio de la potestad disciplinaria que han generado no poca controversia en su configuración y su aplicación prácticas. El amplio listado de faltas disciplinarias muy graves “básicas” y sobre todo su carácter abierto, propicia que por el juego de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas se deje en manos de los CC la labor de completarla, incrementando así notablemente las ya existentes. Este modelo competencial se repite en la configuración del listado completo de las faltas graves y leves. En materia de sanciones el EBEP establece un catálogo también de carácter abierto, perfilando aquellas que operan en todo caso y dejando que las leyes establezcan otras. La construcción jurídica del EBEP ha propiciado que el juego de fuentes normativas origine numerosos conflictos alrededor de aspectos como la readmisión del personal laboral fijo tras la declaración de improcedencia de su despido disciplinario, los plazos de prescripción de las faltas y sanciones o el propio procedimiento disciplinario, para los que proponemos diversas soluciones. Hemos prestado especial atención a este último apartado construyendo una propuesta de procedimiento que aspira a cumplir las exigencias del contexto en el que ha de ponerse en práctica.
Notas Locales:
DT(SE) 2015-389
Colecciones
- Tesis [7606]
- Tesis doctorales a texto completo [2094]