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El abuso psicológico de los descendientes sobre sus ascendientes como motivo de desheredación

dc.contributor.advisorCarbajo González, Julio Francisco 
dc.contributor.authorBárcena Pérez, Adrián
dc.date.accessioned2025-02-28T08:08:11Z
dc.date.available2025-02-28T08:08:11Z
dc.date.issued2025-02-12
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/10651/77240
dc.description.abstractComúnmente, los Tribunales españoles mantenían una postura próxima a la interpretación restrictiva y cerrada de las causas de desheredación que nuestro Código Civil estableció en 1889, en concreto, una interpretación restrictiva del artículo 853.2 del Código Civil, relativo al maltrato de obra. Según esta postura se ha ido acercado a los tiempos actuales, han comenzado a generarse conflictos en la práctica, teniendo lugar numerosas situaciones que quedaban sin defensa jurídica, rechazándose las pretensiones del causante establecidas en testamento, incluso cuando este había sido víctima de maltrato psicológico por sus parientes más cercanos. A partir de las Sentencias del Tribunal Supremo de 3 de junio de 2014 y 30 de enero de 2015, tiene lugar un punto de inflexión en la doctrina, pues dichas resoluciones reflejaron una interpretación extensiva y flexible del concepto de maltrato de obra, adaptado a la realidad social y los valores actuales.
dc.format.extent32 p.
dc.language.isospaspa
dc.relation.ispartofseriesMáster Universitario en Abogacía y Procura
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
dc.titleEl abuso psicológico de los descendientes sobre sus ascendientes como motivo de desheredaciónspa
dc.typemaster thesisspa
dc.rights.accessRightsopen access


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