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El secreto profesional y la Ley de Prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo

dc.contributor.advisorGonzález González, Ana Isabel 
dc.contributor.authorLópez Iglesias, Livia
dc.date.accessioned2021-07-26T07:46:15Z
dc.date.available2021-07-26T07:46:15Z
dc.date.issued2021-05-18
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10651/59921
dc.description.abstractEl secreto profesional está configurado en nuestro ordenamiento jurídico como el pilar básico de la Abogacía y consiste básicamente en no revelar ningún hecho o dato conocido por razón del ejercicio de la profesión. Por otra parte, la normativa europea traspuesta en la Ley 10/2010 de 28 de abril de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, impone a los abogados la obligación de comunicar a la administración competente, la identidad del cliente y la actividad dudosa de convertir el capital procedente de actividades ilícitas en dinero de curso legal. Se analizará el conflicto de este profesional ante el deber de identificar e informar de la operación sospechosa, pero lesionando la confianza de su cliente y ocasionándole indefensión o no hacerlo y correr el riesgo de enfrentarse a una sanción administrativa o en un estado más grave a un delito de blanqueo de capitales.
dc.format.extent77 p.
dc.language.isospaspa
dc.relation.ispartofseriesMáster Universitario en Abogacía
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
dc.titleEl secreto profesional y la Ley de Prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismospa
dc.typemaster thesisspa
dc.rights.accessRightsopen access


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